Plazo de Solicitud: hasta el 18 de mayo de 2017.
Objeto de la Ayuda: Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las entidades ciudadanas financiando gastos de mantenimiento para el correcto funcionamiento de las sedes sociales u otros espacios en los que las entidades desarrollen sus actividades de forma habitual.
Beneficiarios: – Asociaciones
– Entidades sin ánimo de lucro, Ong’s
Requisitos:
1. Estar inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.
2. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
3. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.
4. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
5. No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -en adelante RGS- se hubiera realizado o no.
6. No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante LGS, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.